Venta

Comisión por corretaje inmobiliario: ¿cuánto se cobra y quién la paga?

15/04/2025

Cuando se realiza un proceso de compraventa inmobiliaria con la intervención de un corredor, es importante tener claridad sobre el valor de la comisión que este puede cobrar y las condiciones bajo las cuales se genera ese derecho. En Colombia, aunque la legislación no establece un porcentaje fijo, sí existen prácticas reconocidas y normas que orientan este aspecto.

¿Cuál es el valor usual de la comisión?

El porcentaje que puede cobrar un corredor por su gestión depende de lo que se haya pactado previamente entre las partes en el contrato de corretaje. Sin embargo, si no existe un acuerdo específico, se puede acudir a lo establecido como costumbre mercantil. Según certificación de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, se reconoce un valor del 3 % sobre el valor del negocio para inmuebles urbanos, y del 4 % para inmuebles rurales.

¿Quién debe pagar la comisión?

Generalmente, el pago de esta comisión lo asume quien solicita los servicios del corredor, que en la mayoría de los casos es el vendedor del inmueble. No obstante, si no se ha pactado expresamente quién asumirá el valor de la comisión, el Código de Comercio (artículo 1341) señala que este pago debe ser asumido por ambas partes en partes iguales, salvo acuerdo en contrario.

Si estás pensando en vender o comprar un inmueble, te acompañamos de forma clara y profesional en todo el proceso.

¿Cuándo se genera el derecho al cobro de comisión?

Para que el corredor tenga derecho a recibir la retribución, deben cumplirse tres condiciones básicas:

  • Que el servicio haya sido solicitado o aceptado por quien contrata (el comitente).

  • Que el corredor haya realizado gestiones eficaces y adecuadas para llevar a cabo el encargo.

  • Que, como resultado de esas gestiones, el negocio entre las partes se haya concretado satisfactoriamente.

Estas condiciones han sido respaldadas por jurisprudencia, entre ellas una sentencia de la Corte Suprema de Justicia del 13 de abril de 1955, que establece claramente los elementos que justifican la remuneración del corredor.

Buscar es fácil si estamos cerca de ti​

Tu selección

0